IA y Derechos de Autor: Defendemos el factor humano frente al avance tecnológico

1 de Julio de 2026

En una reciente entrevista central para el programa Las cosas en su sitio de Radio Sarandí, nuestro director general, el Dr. Eduardo de Freitas, analizó los desafíos de la Inteligencia Artificial generativa y fijó la postura institucional de AGADU: sin creación humana, no existe la obra.

Desde AGADU seguimos minuciosamente cada transformación tecnológica que impacta en el ecosistema cultural. Ante la irrupción de la Inteligencia Artificial (IA) generativa, que se ha convertido en el eje del debate legislativo global, nuestra posición se mantiene firme en la defensa irrestricta de los creadores y en el valor insustituible de la huella humana.

Sin creación humana, no hay obra

Frente a la interrogante de si los contenidos generados en un 100% por algoritmos pueden ser considerados "obras", la respuesta de nuestra institución es categórica. El Dr. Eduardo de Freitas fue sumamente claro al desmitificar el funcionamiento de estas tecnologías bajo el marco de la Ley de Derechos de Autor de 1937, la cual consagra un estatuto de derechos morales y patrimoniales que ampara exclusivamente a las personas creadoras:

"La inteligencia artificial generativa no crea contenido desde cero, sino que se basa en obras preexistentes que ingresan a sus bases de datos para entrenamiento y no han sido autorizadas para ello. De ahí deviene la necesidad de que quienes utilizan las obras transparenten el uso que están haciendo para obtener las autorizaciones correspondientes".

De Freitas enfatizó que el estatuto legal vigente otorga al autor el derecho exclusivo de autorizar o prohibir cualquier explotación de su trabajo. Por lo tanto, almacenar o reproducir obras sin el debido consentimiento para "entrenar" software constituye una vulneración directa a los derechos de nuestros asociados.

Un llamado a la responsabilidad en los registros

Asimismo, nuestro director general lanzó una advertencia firme sobre los riesgos administrativos y legales de intentar registrar este tipo de producciones automatizadas en la oficina de Derechos de Autor:

"Si alguien registra una obra y resulta ser un contenido de inteligencia artificial generativa, asume la responsabilidad legal por esa falsa declaración", sentenció de Freitas.

Con esto, el especialista marcó una línea clara: una cosa es el uso de la IA como una herramienta de asistencia técnica para el creador, y otra muy distinta es el desplazamiento absoluto del rol del autor.

Nuestro compromiso intacto

Desde hace más de 97 años, en AGADU hemos acompañado a los creadores uruguayos en cada cambio de era, y esta revolución tecnológica no será la excepción. La tecnología debe ser un vehículo que potencie las capacidades humanas, nunca un mecanismo que despoje a los autores de sus derechos legítimos.

Continuaremos trabajando activamente en todos los espacios multisectoriales y parlamentarios para asegurar que cualquier futura regulación en Uruguay mantenga a los autores en el centro de la escena, con las garantías que por ley les corresponden.

 

Basado en el informe periodístico emitido el pasado 29 de junio de 2026 en el programa "Las Cosas en su Sitio" de Radio Sarandí.