Campaña para educar a creadores de todo el mundo sobre sus derechos y las prácticas de buyout

Your Music Your Future se asocia con la CISAC para educar a los creadores de todo el mundo sobre sus derechos y las prácticas de buyout 

París – 18 de febrero de 2021 – La campaña de sensibilización lanzada en Estados Unidos para informar a los creadores sobre la creciente práctica de buyout (adquisición de los derechos de autor por una cantidad a tanto alzado) se expande ahora a nivel mundial gracias a una nueva plataforma en línea, Your Music Your Future International”.

Los compositores y autores de música para cine, televisión y otros medios audiovisuales dependen desde hace más de un siglo de un "pacto típico" que les permite recibir ingresos a cambio de la cesión de sus derechos de autor a los organismos de radiodifusión, las plataformas de streaming y otros usuarios de sus obras.

Hoy en día, en todo el mundo, este principio secular es cada vez más cuestionado por las empresas que quieren imponer a los creadores cláusulas buyout de sus derechos (incluyendo los derechos de comunicación pública) como condición para ser contratados o para participar en un proyecto. En este escenario, se espera que los compositores creen música a cambio de un pago único, en lugar de recibir unos ingresos regulares por el uso de sus obras.

Las obras de los autores y compositores de música (al igual que las contribuciones de los guionistas y directores) constituyen una parte inestimable e indispensable de la estructura narrativa en el cine, la televisión y otros medios audiovisuales. Tradicionalmente, la recaudación por derechos de autor ha sido la única fuente de ingresos segura para los creadores. Esta práctica cada vez más extendida de buyout de derechos (incluidos los derechos de comunicación pública) cambia completamente las condiciones en materia de remuneración y tiene importantes repercusiones para las carreras profesionales de los autores.

Con el fin de sensibilizar a los creadores sobre este problema mundial, se ha puesto a su disposición un nuevo recurso educativo internacional, que une el movimiento de creadores de música estadounidenses, Your Music Your Future con la CISAC, la Confederación internacional de sociedades de autores y compositores, que cuenta con 230 miembros en más de 120 países y territorios.

El movimiento Your Music Your Future fue fundado por compositores, para los compositores, en Estados Unidos en 2019, y tiene como objetivo informar a la comunidad de creadores sobre sus opciones de remuneración y las consecuencias que tiene la aceptación de este tipo de cláusulas, incluyendo principalmente la aceptación de la transmisión completa mediante las cláusulas buyout de todos sus derechos. Esta campaña es estrictamente con fines educativos, sin tomar partido en el debate, y ya cuenta con una comunidad de más de 15.000 miembros. 

Con ayuda de la CISAC, la campaña se ha ampliado ahora para ayudar a educar a los autores y compositores de todo el mundo. El nuevo sitio web, Your Music Your Future International, abarca temas como las opciones de cobrar derechos de autor frente al pago único, el uso extendido de las cláusulas de buyout en los contratos y las diferentes leyes que regulan estas prácticas a escala internacional. Esta iniciativa también cuenta con el apoyo del CIAM, el Consejo Internacional de Creadores de Música.

Björn Ulvaeus, Presidente de la CISAC y cofundador de Abba, declara: «En el mundo pos-COVID, el buyout de derechos es un problema que preocupa más que nunca a los creadores. Los artistas, los compositores y los autores tienen que ser conscientes de sus derechos, comprender cuáles son sus opciones y poder elegir de manera informada sobre su remuneración. Sus medios de vida en el futuro dependen de ello».

Joel Beckerman, compositor y fundador de Your Music Your Future, explica: «Este es un movimiento para compositores, creado por compositores, con el fin de informar a nuestra comunidad sobre las opciones que tienen en materia de derechos de comunicación pública. El objetivo es que este mensaje educativo vital llegue a todos los creadores de música del mundo. Como creadores de música, todos estamos unidos en este empeño, y la educación es la clave para garantizar nuestra capacidad de sustentar y proveer a nuestras familias». 

El Director General de la CISAC, Gadi Oron, señaló: «El buyout de derechos es una preocupación cada vez mayor para los creadores y las sociedades de la CISAC que los representan y protegen sus intereses. Al colaborar con Your Music Your Future, la CISAC contribuye a llenar el vacío de información y a proporcionar un recurso educativo práctico y útil sobre las cláusulas buyout y la remuneración de los creadores. Esto debería ayudar a los creadores a tomar una decisión informada sobre los contratos que se les ofrecen y sobre sus opciones».

Los temas clave abordados en el sitio web incluyen:

¿qué es el buyout total de derechos? 

¿por qué las prácticas de buyout son cada vez más frecuentes?

¿cómo funcionan las «cláusulas de buyout» en los contratos? 

ingresos de derechos de autor o pago a tanto alzado: sopesar las opciones

las diversas leyes que regulan el buyout total en los diferentes territorios y regiones

¿de qué forma pueden los creadores concienciarse más para lograr una mejor protección legal de sus obras?

Más información aquí - Descargar Comunicado completo

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Compartimos información adicional 

¿COMO LES AFECTAN LOS ‘BUYOUTS’ DE LOS DERECHOS DE AUTOR?
 
El buyout de los derechos de autor es un problema que afecta a los creadores en todo el mundo. Cada vez más se pide a compositores, autores, guionistas, directores y a otros creadores que acepten el buyout de sus derechos por una tarifa única en lugar de recibir regalías por el resto de su vida.
En algunos países, son los organismos de radiodifusión y los canales de televisión los que fijan la agenda; en otros, son los servicios de streaming de video.
El cambio hacia los buyout ha despegado tan rápidamente que a menudo los creadores no se dan cuenta de cómo pueden verse afectados sus negocios y carreras.
En la crisis pandémica actual, en la que las producciones audiovisuales han sido drásticamente recortadas y en la que los creadores están luchando por obtener ingresos, esto es más esencial que nunca.
Cada creador puede tomar sus propias decisiones comerciales, pero lo que es fundamental es contar con la información adecuada para decidir qué es lo mejor para ustedes.
 
REGALÍAS VERSUS BUYOUTS
 
Cuando ustedes componen, ya sea para televisión, cine, videojuegos o servicios digitales, existen muchas oportunidades de ganar dinero más allá de la composición original o el pago por paquete. Las más consolidadas y posiblemente las más importantes son las regalías.
Los pagos de regalías se generan a lo largo de muchas décadas, donde sea y cuando sea que se use su música. Esto incluye transmisiones por radiodifusión, cable, plataformas de suscripción de video a demanda, videojuegos, transmisiones de radio tradicionales y satelitales y actuaciones por streaming.
También pueden recibir regalías por productos de consumo. Estos pueden ser juguetes interactivos, tarjetas de felicitación, hologramas, espectáculos de teatro, ventas de álbumes de bandas sonoras, anuncios publicitarios e incluso clases de instrumentos musicales en línea.
Estas regalías proporcionan a los autores y compositores un ingreso estable. Las sociedades de autores o las organizaciones de gestión colectiva de cada país los cobran y distribuyen.
Hoy en día, el derecho de los creadores a obtener regalías se ve desafiado cada vez más. Están siendo reemplazadas por una nueva forma de pago, llamada "buyouts de derechos de autor".
Los organismos de radiodifusión, los productores de videojuegos, los operadores de televisión y las plataformas digitales imponen a los creadores los buyouts de derecho de autor, aplicándoles una tarifa única en lugar de un flujo de ingresos regular.
A veces, los creadores se contentan con los buyouts y la tarifa de un pago único. Pero para otros, el derecho a un ingreso por regalías vinculado al éxito del programa es fundamental.
El problema se está volviendo cada vez más evidente en el mundo del streaming. Las plataformas de streaming de video están utilizando su poderosa influencia en la industria del entretenimiento para tratar de cambiar la forma en que trabajan con quienes crean música para sus canales y programas.
 
¿POR QUÉ LOS ‘BUYOUTS’ DE LOS DERECHOS DE AUTOR ESTÁN PREVALECIENDO CADA VEZ MÁS?
 
Los buyouts de derechos de autor están recibiendo más atención porque muchos (como los organismos de radiodifusión o los productores mencionados anteriormente) consideran que son una forma más barata y fácil de obtener música para su programación. Los nuevos avances en los medios continúan haciendo de éste un problema aún mayor para los creadores.
 
Suscripción a streaming de video a demanda.
Esta es una "edad de oro" para los televidentes, con los servicios SVOD creciendo rápidamente en todas partes. La música y las bandas sonoras creadas por autores y compositores están desempeñando un papel fundamental en este éxito. En muchos casos, las plataformas digitales no son solo distribuidoras de obras, también son productoras. Esto aumenta su poder de negociación y debilita el de los creadores.
 
Es un mercado global.
Las plataformas de streaming también pueden obtener ventaja de las diferencias que existen en las leyes nacionales. Por ejemplo, podrían intentar aplicar la legislación de los Estados Unidos en jurisdicciones no estadounidenses a fin de evitar leyes locales que puedan proteger de los buyout a los creadores. De esta manera también pueden eludir a la sociedad de autores nacionales.
Además, en países como Estados Unidos, los organismos de radiodifusión y los canales de televisión por cable ofrecen contratos de buyout para evitar el pago de regalías a largo plazo.
 
LOS BUYOUTS SON UN PROBLEMA AÚN MAYOR EN EL MUNDO POST-COVID 
 
Como consecuencia de la pandemia mundial y la profunda crisis financiera, ha habido escasez de producción de nuevos programas de televisión, películas y  otros materiales audiovisuales. Nuestros más de 14.000 seguidores nos dicen que existe más presión que nunca para aceptar acuerdos en los que se les exige que firmen “buyouts totales” de su música como condición de empleo. En estos acuerdos, los compositores y otros creadores de música renuncian a su capacidad de percibir ingresos por regalías de interpretación pública de sus obras a nivel mundial en todos los medios y a perpetuidad - contrariamente a un precedente de 100 años. Esto significa que la misión de ‘Your Music Your Future’ nunca ha sido más esencial y la necesidad más urgente.
 
EVALUANDO LOS PROS Y LOS CONTRAS
 
¿Están mejor los creadores con los ingresos estables de regalías o con un pago único? Cada creador musical se encuentra en una situación diferente, por lo que no existe una respuesta única para esto.
Pero no hay duda de que al firmar los contratos de buyout de derechos de autor, ya sea con una plataforma de streaming o con un organismo de radiodifusión, los creadores están renunciando a la oportunidad de un flujo de ingresos valioso y a largo plazo.
Cuando los creadores de música aceptan una compra por derechos de autor, pierden el derecho a obtener regalías futuras por el trabajo que crearon.
 
COMPRENDIENDO LAS “CLÁUSULAS BUYOUT” EN LOS CONTRATOS
 
Las cláusulas buyout no son nuevas, pero se han convertido en un estándar en los contratos ofrecidos por los organismos de radiodifusión, los servicios de streaming de video a demanda y otros usuarios importantes de obras musicales.
Los términos legales varían de un país a otro. Los contratos incluyen cláusulas buyout o referencias a “trabajos hechos por encargo” que otorgan al usuario todos los derechos sobre el trabajo creativo a cambio de un pago único.
El acuerdo proporciona a los creadores un pago único. A cambio, ceden el control total de su obra y renuncian al derecho a cualquier ingreso futuro derivado de la misma.
 
Comprendiendo las “cláusulas buyout” en los contratos
Una cláusula “buyout” refiere a la transferencia de todos los derechos sobre una obra a lo largo de la vida de ésta a cambio de un pago único.
Estos términos contractuales suelen ser amplios en la forma en que tratan cuestiones clave: la concesión de los derechos, la ubicación y la duración del contrato.
 
 "Yo, el abajo firmante, declaro ser el compositor de la banda sonora original de la película titulada “Y” y haber otorgado y cedido todos los derechos de autor de las grabaciones maestras en todo el mundo en todos los medios, y hasta 70 (setenta) años después de mi muerte, a la empresa Z (productora de la película).
 
Un ejemplo típico de cláusula buyout.
 
CÓMO VARÍAN LAS LEYES EN LOS DIFERENTES PAÍSES
 
Las leyes referidas a los buyout de derechos de autor varían según las diferentes regiones y territorios.
 
Europa
En Europa, la legislación tiende a proteger a los creadores más que en cualquier otra parte del mundo. En varios países de la Unión Europea, los contratos buyout están restringidos por una legislación que exige una remuneración justa por el uso de las obras de los creadores. Se pueden encontrar ejemplos de este tipo de leyes en Francia, Italia y España. Otros estados miembros de la UE, como Alemania o los Países Bajos, incluyen medidas más estrictas que proporcionan una norma predominante y obligatoria que prohíbe/limita el uso de contratos buyout de derechos de autor por completo.
 
Asia
En Asia, pocos territorios tienen leyes que regulen las condiciones contractuales injustas entre creadores y usuarios. Un análisis detallado de la profesora Alice Lee de la Universidad de Hong Kong, bajo la dirección de la Alianza de Creadores de Música de Asia-Pacífico (APMA por sus siglas en inglés), analizó las leyes en cada país (como Australia, Hong Kong, Indonesia, Japón, Macao, Corea del Sur, Tailandia y Vietnam). El estudio ayudó a explicar las leyes actuales sobre buyouts de derechos de autor hoy en día en esos países e hizo recomendaciones sobre cómo se pueden mejorar por medio de:
- la regulación de condiciones contractuales abusivas
- la protección para los creadores y una remuneración justa
- el derecho a revocar los contratos buyout de derechos de autor en circunstancias justificadss.
 
América Latina
En América Latina existen modelos de legislación alentadores para los creadores. Un grupo de países (entre ellos Nicaragua, Chile, Colombia, Ecuador, Panamá, México y Uruguay), han establecido un derecho inalienable de remuneración a favor de los autores creadores, acompañado de una cesión de derechos al productor. La CISAC (Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores) está trabajando en un estudio que permitirá conocer mejor la situación jurídica en la región.
 
 Una cláusula buyout en los EE. UU. normalmente podría decir:
 
"... dichas obras musicales, junto con todo otro material musical creado en virtud de dicho Acuerdo, constituirá una "obra realizada por encargo" (a los efectos de la ley de derechos de autor de EE.UU. y de todas las demás leyes de derechos de autor en todo el universo) para el Productor".
 
Buyout de derechos de autor y Obras por Encargo en los Estados Unidos
En los Estados Unidos, los buyouts de derechos de autor funcionan de manera diferente al resto. De acuerdo con la legislación de los EE.UU. el buyout puede aparecer en contratos etiquetados como "Obras realizadas por encargo", que legalmente dice que el empleador es el autor de una obra y automáticamente tiene derecho a todos los derechos de autor sobre la obra producida.
En el mundo del streaming, la situación es peor para los autores y compositores. Si bien los acuerdos tradicionales de “obras realizadas por encargo” en la industria audiovisual les otorgaban el derecho a recibir regalías de respaldo de actuación a través de la sociedad de gestión colectiva elegida (o CMO por sus siglas en inglés), el nuevo modelo de acuerdos buyout elimina esta opción y los priva de este flujo tradicional de pago.
 
Por ejemplo, una cláusula podría decir:
"Si o en la medida en que por cualquier motivo en cualquier país, cualquiera de esas obras musicales y/u otro material musical no fuere reconocido como una "obra realizada por encargo", entonces el Compositor por la presente cede irrevocable, exclusiva y absolutamente al Productor todos los derechos del Compositor (derechos de autor, derechos asociados a los derechos de autor y otros, ya sean conocidos, ahora o en el futuro)...”
 
¿Se aplica la legislación estadounidense internacionalmente?
Parte de la confusión en torno a los buyout de los derechos de autor radica en el problema de qué leyes se aplican en qué jurisdicción/país.
El acuerdo de "obra realizada por encargo", aunque originalmente era un elemento de la ley de derechos de autor de EE.UU., también ha aparecido en contratos de derechos de autor fuera de los EE.UU. e independientemente de si las partes o las transacciones están relacionadas con los EE.UU.
 
¿CÓMO PUEDEN AYUDAR LAS SOCIEDADES DE AUTORES?
 
Las sociedades de autores son el mejor lugar al que pueden acudir los creadores si quieren saber más sobre sus opciones. Las sociedades de autores, también conocidas como organizaciones de gestión colectiva (CMO), brindan fuerza en número a los creadores. Su función es velar por los intereses de los creadores, proteger sus derechos y negociar el mejor trato con los usuarios de sus obras.
La misión clave de una sociedad de autores es proteger a la parte negociadora más débil en las negociaciones entre los creadores y los usuarios de sus obras. Por eso, en muchos países, se les asignan derechos exclusivos para negociar en nombre de sus miembros. Esto también hace que la negociación de mercado entre las dos partes sea mucho más eficiente y productiva.
 
¿CÓMO PUEDEN LOS CREADORES EXIGIR MAYOR PROTECCIÓN LEGAL? 
 
El derecho a continuar recibiendo regalías – o a una "remuneración equitativa" como se conoce en muchos países - es una cuestión fundamental de justicia para todos los creadores.
Y la mejor forma de lograr justicia es instar a una mejor legislación.
La CISAC y Your Music Your Future están comprometidas con la lucha por los derechos justos para los creadores. Hoy en día, se están formando campañas a nivel internacional para crear conciencia y lograr que los gobiernos comprendan y actúen.
 
Cambiar la legislación
En algunas partes de Europa, la legislación actual ofrece un buen ejemplo de las mejores prácticas - protegiendo el derecho de los creadores a obtener regalías en lugar de aceptar los buyouts de derechos de autor. En abril de 2019, la UE adoptó la Directiva sobre Derechos de Autor en el Mercado Único Digital que podría ampliar aún más esta protección.
La nueva directiva establece principios clave para fortalecer los derechos de los creadores. Por ejemplo, confirma el principio de "remuneración justa y proporcional" en la ley y requeriría que las plataformas sean más transparentes y más flexibles en el pago de regalías cuando se trata de "bestsellers".
Más información, la Directiva de la UE sobre Derechos de Autor en el Mercado Único Digital:
 
- Asegura una remuneración justa y proporcional para la cesión y/o licencia de sus obras creativas.
- Apoya el uso de cláusulas “Bestseller” que permiten la revisión de los términos de remuneración a autores e intérpretes en caso de éxito comercial.
- Fomenta la transparencia y las medidas de información por parte de los servicios SVOD con respecto a transferencias y/o licencias de obras creativas.
 - Reduce la aplicación de las disposiciones primordiales sobre la elección de la ley en los contratos de derechos de autor en los casos en que entren en conflicto con:
-  Medidas de transparencia e información
- Cláusulas "bestseller"
 
Una campaña internacional
En Asia, se ha creado una guía de supervivencia para el buyout de derechos de autor, con el fin de proporcionar orientación a los creadores de la región, adaptada a las diferentes leyes nacionales.
En 2019 se realizó un estudio detallado, analizando jurisdicciones en 8 países. El estudio encontró áreas donde la protección legal para los creadores debe ser más fuerte. Recomendó soluciones legislativas tales como:
- regulación de condiciones contractuales injustas
- protección de los creadores contra la privación del derecho a un pago justo
- derecho a revocar los contratos buyout de derechos de autor en determinadas circunstancias.